Servicios – AFP Romana

AFP Romana - Preguntas Frecuentes

Si cambio de trabajo, ¿Debo cambiar a otra AFP? No es necesario, es decir, el trabajador solo debe comunicar a su nuevo empleador el número de cuenta de capitalización in individual o el nombre de la AFP en que se encuentra afiliado y el empleador hará los aportes como lo establece la ley 87-01   

AFP Romana - Preguntas Frecuentes

¿Cómo afiliarme a una AFP? El trabajador puede presentarse a la AFP de su elección y suscribir el formulario “Solicitud y Contrato de Afiliación” (suscrito por el representante de Afiliación de la AFP.), entregar copia de la cedula de identidad tanto del lado anverso como del reverso de la misma y plasmar la huella del

AFP Romana - Preguntas Frecuentes

¿Quién decide a que AFP debo afiliarme? La afiliación es obligatoria pero la selección de la AFP es voluntaria. O sea que el afiliado puede seleccionar libremente la AFP de su preferencia, sin intervención del empleador. Si la persona afiliada no selecciona voluntariamente la AFP de su preferencia en un plazo de 30 días a

AFP Romana - Preguntas Frecuentes

¿Qué es el régimen contributivo? Es el que comprende a los trabajadores asalariados públicos y privados y a los empleadores, financiado por los trabajadores y empleadores. Este Régimen incluye a los afiliados al Sistema de Capitalización Individual y al Sistema de Reparto. Quieres una respuesta más amplia? Comunicate con nosotros por esta via Contáctanos

AFP Romana - Preguntas Frecuentes

¿Qué es la superintendencia de pensiones (SIPEN)? Es una entidad estatal, autónoma, con personalidad jurídica, y patrimonio propio, para que a nombre y representación del Estado Dominicano, ejerza a plenitud, la función de velar por el escrito cumplimiento de la ley 87-01 y de sus normas complementarias en su are de incumbencia, de proteger los

AFP Romana - Preguntas Frecuentes

¿Quiénes deben afiliarse al Sistema Dominicano de Seguridad Social? Tienen derecho a ser afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) todos los ciudadanos dominicanos y los residentes legales en el territorio nacional. La presente ley y sus normas complementarias regularán la inclusión de los dominicanos residentes en el exterior.  Quieres una respuesta más amplia?

AFP Romana - Preguntas Frecuentes

¿Qué pasaría con las cotizaciones que he realizado al Seguro Social? Si el afiliado decide cotizar a una AFP, tendrá derecho a un bono de reconocimiento por el monto de las cotizaciones efectuadas y los derechos adquiridos a la fecha de entrada en vigencia de la ley. Al momento de recibir tu pensión, ésta se

AFP Romana - Preguntas Frecuentes

¿Quiénes conforman el Sistema Dominicano de Seguridad Social? En tal sentido, el SDSS estará compuesto por las entidades siguientes:  a) El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), entidad pública autónoma órgano superior del Sistema; b) La Tesorería de la Seguridad Social, entidad responsable del recaudo, distribución y pago de los recursos financieros del SDSS, y

AFP Romana - Preguntas Frecuentes

FAQs:¿Qué es el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS)? Es un sistema de protección social publico creado mediante la ley 87-01 promulgada el 9 de mayo de 2001. Su carácter universal, obligatorio, solidario, plural e integral a fin de otorgar los derechos constitucionales a la población; y regular y desarrollar los deberes y derechos recíprocos

AFP Romana - Preguntas Frecuentes

FAQs: ¿Cómo afiliarme a una AFP? El trabajador puede presentarse a la AFP de su elección y suscribir el formulario “Solicitud y Contrato de Afiliación” (suscrito por el representante de Afiliación de la AFP.), entregar copia de la cedula de identidad tanto del lado anverso como del reverso de la misma y plasmar la huella

AFP Romana - Servicio de Información

Solicita tu estado de cuenta Digital Accede a nuestro formulario electrónico y llénalo con los campos correspondientes para que recibas tu estado de cuenta en la bandeja de entrada de tu correo. Recuerda suministrar unicamente la información de tu cuenta , que de la misma forma se estarán confirmando dichos datos.   SOLICITE SUS ESTADOS

AFP Romana - Sistema de Pensiones

Pensión por discapacidad El afiliado tendrá derecho a una pensión por discapacidad cuando cumpla con los requisitos siguientes:   Estar cubierto por el seguro de discapacidad y sobrevivencia.   Contar con un dictamen de la CMR que corresponda a su lugar de residencia o bien de la CMN cuando se amerite en caso de apelación,

AFP Romana - Sistema de Pensiones

PENSIÓN POR CESANTÍA POR EDAD AVANZADA   Requisitos. El afiliado tendrá derecho a una pensión por cesantía por edad avanzada cuando haya cumplido los requisitos siguientes: Tener cincuenta y siete (57) años de edad o más. Quedar privado de un trabajo remunerado. El procedimiento que debe seguir el afiliado para solicitar la pensión por cesantía

AFP Romana - Sistema de Pensiones

DEVOLUCION DE SALDO CCI POR ENFERMEDAD TERMINAL   Enfermedad Terminal es estado de salud de un individuo con las siguientes características: a) Presencia de una o varias enfermedades avanzadas con características clínicas de terminalidad, acorde al curso natural de las enfermedades que padece; de carácter progresiva, incurable, con presencia de numerosos problemas o síntomas intensos,

AFP Romana - Sistema de Pensiones

Beneficios A Los Afiliados De Ingreso Tardío Al Sistema   Requisitos generales para acceder al pago de beneficios por ingreso tardío. Edad igual o superior a los sesenta (60) años. Estar afiliado a una AFP. III. Ser afiliado de ingreso tardío. aquel que cuenta con cuarenta y cinco (45) años de edad o más al

AFP Romana - Sistema de Pensiones

Pensión por Vejez   La pensión por vejez comprende la protección del pensionado y de sus sobrevivientes. Se adquiere derecho a una pensión por vejez, cuando el afiliado cumpla con los requisitos siguientes: Tener sesenta (60) años de edad o más y haber cotizado un mínimo de trescientos sesenta (360) meses. Tener cincuenta y cinco

AFP Romana - Sistema de Pensiones

Pensión por sobrevivencia  En caso del fallecimiento del afiliado activo, los beneficiarios ya sean el cónyuge o compañero (a) de vida y los hijos recibirán una pensión, siempre y cuando el fallecimiento no se haya producido por un accidente laboral o por una enfermedad ocupacional.     Beneficiarios   50% a él (la) cónyuge sobreviviente